¿Las aeronaves tiene la bandera al revés? Si es así, que mal

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Todo tiene un porqué… Por lo menos aquí en México tenemos una disposición por parte de la autoridad que obliga a las aeronaves a portar en el fuselaje la imagen bandera de México; a esto de se le denomina “marca de nacionalidad”.

La Dirección General de Aeronáutica Civil, hizo efectiva una Circular Obligatoria, con fecha primero de junio 2007, CO AV-45/07, donde establece claramente las características de portación de las marcas de nacionalidad y matrículas para las aeronaves civiles mexicanas.

En dicha circular, en el apartado de “Requisitos para las marcas de nacionalidad y matrícula de aeronaves”,  contempla como debe de ir la bandera en los aviones, y citamos:

2.2. Todas las aeronaves civiles de concesionarios, permisionarios u operadores aéreos mexicanos, deberán ostentar la Bandera Nacional.

2.2.1. La Bandera Nacional que se colocará en las aeronaves deberá tener las características señaladas en la Ley sobre Escudo, Bandera y el Himno Nacionales.

2.2.2. La posición de la Bandera Nacional será, preferentemente, en la parte delantera del fuselaje, para el caso de aviones y planeadores, ya sea en la parte inferior de la cabina de pilotos o en la parte superior de la misma, de tal manera que sea visible desde un plano horizontal, tomando como asta bandera la nariz de la aeronave, y las medidas de la Bandera Nacional guardará proporción en relación con el área a ser empleada.

2.2.3. Cuando no sea posible o no se desee ubicar la Bandera Nacional en la parte delantera del fuselaje, ésta podrá ser ubicada en el plano vertical del empenaje del avión, tomando la misma configuración respecto al asta bandera y sus medidas guardarán proporción en relación con la superficie del plano vertical.

2.2.4. La posición de la Bandera Nacional será, para el cuerpo básico en el caso de helicópteros, en una posición tal que permita ser visible desde un plano horizontal, ya sea que se ubique junto a la matrícula, en el cuerpo básico, en el plano vertical, si forma parte del mismo o a los costados de las cubiertas de motor o motores, teniendo como asta bandera la nariz del cuerpo básico.

2.2.5. Para otro tipo de aeronaves, la Bandera Nacional se ubicará en un plano vertical que le permita ser visible desde un plano horizontal.

2.2.5. De conformidad con lo descrito en la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, el Escudo Nacional que está ubicado en el color blanco, el águila tendrá dirigida la vista hacia el color verde.

Es así como como aclaramos la incógnita de algunos que pensaban que el avión presidencial de México “José María Morelos y Pavón“, tenia la bandera “al revés”. Ojo, también en esta circular se incluyen los UAV’s (Drones).

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    By: Roberto Mtz Armendáriz

    Periodista independiente con más de 10 años de experiencia en los medios de comunicación. Ha participado en varios proyectos de casas radiodifusoras como titular de noticieros en FM (Grupo Radiorama) y ha sido Jefe de Información de varios periódicos mexicanos. También, es Piloto Aviador Privado y Oficial de Operaciones de Aeronaves.

    Ciudad de México.

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