Interjet busca declarar la huelga de sus empleados como “inexistente”
Apoderados legales de ABC Aerolíneas, Sociedad Anónima de Capital Variable (Interjet) presentaron un recurso ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje el pasado 11 de enero, con el fin de que la huelga que estalló el pasado 8 de enero se declare como inexistente, argumentando que la mayoría de trabajadores de la aerolínea no estaban a favor de estallarla.
De acuerdo con la información presentada por el semanario Proceso, un grupo de apoderados legales de Interjet: José Francisco Torres, Oscar Rafael Salero, y Jesús Carmona, solicitaron ante Conciliación y Arbitraje la declaración de inexistencia de la huelga estallada por la Sección 15 de la Confederación de Trabajadores de México (CTM) que agrupa a colaboradores de Interjet.
De acuerdo con lo establecido por el artículo 451, fracción II, de la Ley Federal del Trabajo, que en su literalidad estipula: Que la suspensión se realice por la mayoría de los trabajadores de la empresa o establecimiento”.
Venimos a hacer valer que la suspensión de las labores por parte de los trabajadores no se dio por la mayoría de éstos, ya que nuestra representada cuenta con diversas estaciones y sucursales en el territorio nacional, tal y como lo hizo valer el Sindicato actor en el procedimiento que nos ocupa. Sin embargo, la suspensión de las labores no se llevó a cabo por la mayoría de los trabajadores”, afirma el documentado revelado por Proceso y otros medios de comunicación nacionales.
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Frente a esto, la Sección 15 asegura que la decisión de la huelga se aprobó mediante una votación realizada la semana pasada en donde un 62% de los trabajadores votaron a favor de iniciar la acción industrial, la cual estalló a las 12:48LT del 8 de enero pasado en donde sus trabajadores se congregaron en el Corporativo de la empresa ubicado en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (MEX), así como en los mostradores de la aerolínea en la Terminal 1 de dicho aeropuerto, y en varias estaciones de la República Mexicana.
De acuerdo con especialistas, difícilmente procederá este recurso interpuesto por los apoderados de la aerolínea, ya que el artículo 459 de Ley Federal del Trabajo declara una huelga como legalmente inexistente si esta no cumple con los requisitos, el objeto, y con el número de trabajadores que la ley indica, por lo que no podrá declararse la inexistencia de una huelga por otras causas distintas.