¡Cuidado! Pasajeros disruptivos ahora podrán ser condenados en el extranjero

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Alrededor del 60% de los delitos cometidos por pasajeros disruptivos en un vuelo quedan impunes, así lo dio a conocer recientemente la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA), luego de que el próximo 1 de enero del 2020 entre en vigor una nueva ley que permitirá mayores mecanismos legales para la defensoría de las aerolíneas quienes son las más afectadas.

Hemos sido testigos aquí en Transponder 1200, de pasajeros disruptivos, ebrios, insubordinados, fumadores y un sinfín de personajes que han hecho de los vuelos un ambiente poco seguro y que en algunas ocasiones, las tripulaciones se han visto forzadas a desviar de ruta sus aeronaves para deshacerse del malhechor, causando daños económicos, principalmente.

Ahora gracias al Protocolo de Montreal 2014 (MP14), las naciones tendrán el poder de enjuiciar a cualquier pasajero –sin importar su nacionalidad-, otorgando mayores mecanismos legales, enfrentando prisión en un país extranjero y concediendo mayor certidumbre de que el presunto culpable podría recibir una condena y consecuentemente, estar obligado a enfrentar cualquier tipo de indemnización.

Anteriormente, los pasajeros insubordinados enfrentaban penas en su nación, en el país donde estuviera registrado el avión o en países donde existiera un acuerdo legal transfronterizo, quedando estos casos impunes y los afectados – principalmente las aerolíneas- indefensos.

Las aerolíneas pierden cientos de miles de dólares cuando una aeronave debe desviarse por algún pasajero disruptivo; el pago de combustible extra, la indemnización a los pasajeros en vuelos de conexión y pagos de servicios aeroportuarios no contemplados, son algunas de las cuantiosas pérdidas que sufre y en pocas ocasiones son indemnizados.

Con este nuevo tratado, cualquier país tendrá la jurisdicción para procesar a un pasajero cuando el avión aterrice en algún aeropuerto de su red y otorgando a los estados una mejor capacidad de frenar las frecuentes conductas negativas que atentan contra integridad de los demás pasajeros y a la seguridad de los vuelos.

Según la IATA, las actividades que podrían desencadenar en un juicio van desde el fumar, hasta el maltrato físico, acoso o no seguir las indicaciones de la tripulación de vuelo, entre otras, lo que consecuentemente, genera retrasos significativos e interrupciones operativas que impactan negativamente en la experiencia de viaje y el entorno laboral de los miembros de la tripulación.

Al respecto la Asociación Internacional de Transporte Aéreo, recomendó a los estados firmantes del convenio, revisar la efectividad de los mecanismos de ejecución disponibles de acuerdo con la Guía de la OACI, sobre aspectos legales de los pasajeros “rebeldes y perturbadores”, expresado en un documento (10117 de la OACI), que proporciona información sobre las multas, sanciones civiles y administrativas que pueden ayudar en gran medida a complementar los procesos penales.

Esto significa un cambio sin precedentes en la seguridad operacional de los vuelos que constantemente son vulnerados. Este tratado seguramente traerá una mayor tranquilidad a las tripulaciones de vuelo y a los pasajeros asiduos.

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    By: Roberto Mtz Armendáriz

    Periodista independiente con más de 10 años de experiencia en los medios de comunicación. Ha participado en varios proyectos de casas radiodifusoras como titular de noticieros en FM (Grupo Radiorama) y ha sido Jefe de Información de varios periódicos mexicanos. También, es Piloto Aviador Comercial de Ala Fija y Oficial de Operaciones de Aeronaves.

    Ciudad de México.

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